REQUISITOS, PLAZOS Y PROCESO DE HOMOLOGACIÓN DE ENTIDADES FORMATIVAS
La Resolución de 7 de junio de 2017, de la Dirección General de Empleo, ha publicado el II Convenio Colectivo Estatal de la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector del Metal (CEM) – BOE 19 de junio de 2017.
- El Convenio Colectivo Estatal del Sector Metal (CEM) establece una formación mínima obligatoria en materia de Prevención de Riesgos Laborales, PRL, para todos los trabajadores del Metal.
- Desde el 1 de enero de 2017, en el plazo de tres años, los empresarios deben proporcionar a cada trabajador, una formación teórica y práctica en materia de PRL.
- Plazo para la adaptación: Tres años desde el 1 de enero de 2017, a razón de un sexto de la plantilla por semestre.
- Formación mínima obligatoria en materia de PRL:
Dependiendo de la actividad u oficio que se desarrolle, se especifican en el CEM.
Dicha formación solo tendrá validez si es impartida por una entidad homologada por la Fundación del Metal para la Formación, Cualificación y el Empleo, FMF.
GO PREVENCIÓN, S.A. ES UNA ENTIDAD HOMOLOGADA POR LA FMF.